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El delito por conducir sin carnet
El artículo 384 del Código Penal establece penas de cárcel de entre tres y seis meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días en aquellos casos en los que se comete la conducta típica.
Lo que se sanciona aquí es conducir cualquier tipo de vehículo o motocicleta:
- Sin haber tenido nunca permiso o licencia.
- Con un permiso o licencia que no están vigentes porque se han perdido todos los puntos por infracciones de tráfico previas.
- Estando privado de forma cautelar o definitiva del permiso de conducir o de la licencia por decisión judicial.
Es un delito de mera actividad y de peligro abstracto. No es necesario que se produzca un daño o un riesgo concreto que sea real o inminente, se comete por el mero hecho de conducir sin estar en posesión de un carnet o licencia habilitante.
Si una persona con carnet de conducir permite que otra que no lo tiene conduzca su vehículo, puede haber condena para ambas. El conductor será considerado el autor directo del delito, mientras que la persona que le ha dejado el vehículo puede ser considerada cooperadora necesaria. Así lo ha reconocido el Tribunal Supremo en diferentes sentencias, como en la STS 2339/2023.
Juicio rápido por conducir sin carnet
La introducción en el ordenamiento jurídico de juicios rápidos para este tipo de delitos, es una respuesta frente a la necesidad de agilizar la tramitación de los numerosos casos que se detectan cada año. Permitiendo así una resolución más eficiente y más celeridad a la hora de aplicar las sanciones a los infractores.
El juicio rápido por conducir sin carnet es un procedimiento simplificado y acelerado que se caracteriza por:
- Simplicidad formal. Todos los trámites procesales se han simplificado y la carga probatoria se reduce para abreviar los tiempos.
- Celeridad. La normativa determina un plazo máximo para la celebración del juicio.
- Oralidad. La mayor parte del proceso se desarrolla de forma oral.
- Concentración. Se busca resolver el caso en una única audiencia.
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Fases del juicio rápido por conducir sin carnet
Este procedimiento se divide en varias fases:
Atestado policial
Una vez que la policía sorprende a alguien conduciendo sin carnet, procede a elaborar un atestado que deja constancia de los hechos acaecidos. Al no tratarse de una conducta excesivamente grave, y si no se han cometido otros delitos, el conductor no es detenido. El vehículo, por su parte, debe ser retirado por otra persona que sí tenga carnet de conducir o por una grúa.
En el mismo momento en el que se elabora el atestado, la policía le entrega al conductor una citación para que comparezcan ante el Juzgado de Guardia.
Diligencias urgentes
La policía remite el atestado al Juzgado de Guardia correspondiente y este incoa unas diligencias urgentes en las que se va a:
- Recabar los antecedentes penales del conductor.
- Presentar informes que se estimen pertinentes.
- Tomar declaración a los testigos.
- Tomar declaración al conductor.
Si se estima que es necesario realizar diligencias más allá del servicio de guardia, se transforma el procedimiento en uno de diligencias previas.
En esta fase de investigación, si el juez estima que no hay delito, puede acordar directamente el sobreseimiento y archivo de las actuaciones.
Si el juez y el Ministerio Fiscal entienden que hay pruebas suficientes para acusar de un delito, el juez dicta el auto de apertura del juicio oral y el fiscal presenta su escrito de acusación.
En caso de que no haya conformidad por parte del acusado, este presenta su escrito de defensa. Por último, se cita a las partes para un juicio que deberá celebrarse en los 15 días siguientes.
El juicio oral
Se celebra ante el Juzgado de lo Penal. En la vista oral cada parte expone sus alegaciones y se practican las pruebas admitidas a trámite.
Celebrada la vista, el juez dicta sentencia en un plazo máximo de tres días. Si alguna de las partes no está conforme con lo que ha resuelto la autoridad judicial, puede interponer recurso de apelación en los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia.
En caso de sentencia condenatoria, si el condenado no tiene antecedentes penales, lo habitual es que el juez opte por imponer penas diferentes a la de prisión, como una multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
La conformidad del acusado en el delito de conducción sin carnet
En este tipo de procedimientos puede darse una sentencia de conformidad. Esto sucede cuando el propio acusado reconoce que es el autor del delito del que se le acusa. Se desarrolla entonces una negociación con el Ministerio Fiscal para intentar llegar a un acuerdo y reducir en un tercio la condena que se estaba solicitando.
Si hay conformidad no se celebra la vista oral, se dicta directamente una sentencia de condena por parte del juez de guardia, pero con la pena reducida.
La conformidad es una buena opción cuando hay pruebas evidentes de que se ha cometido un delito y no es viable que se vaya a dictar una sentencia absolutoria si se celebra un juicio oral.
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