Diferencia entre violencia de género y violencia doméstica

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¿Alguna vez te has preguntado cuál es la diferencia entre violencia de género y violencia doméstica?

En esta artículo, desentrañaremos las diferencias fundamentales entre estas dos formas de violencia, explorando sus definiciones, los marcos legales que las regulan y cómo afectan a las víctimas.

Además, podrás contactar sin compromiso con abogados especialistas en Derecho Penal de tu ciudad, quienes te asesorarán sobre las mejores estrategias.

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¿Qué es la violencia doméstica?

La violencia doméstica se define como cualquier acto de violencia física, psicológica, sexual o económica que ocurre dentro del ámbito familiar o del hogar.

Este tipo de violencia no discrimina por género, edad o relación, afectando a cónyuges, parejas de hecho, hijos, hermanos y otros miembros familiares, independientemente de que convivan o no.

El Código Penal español, en su artículo 173.2, ofrece un marco legal específico para abordar la violencia doméstica, definiendo el delito de violencia habitual en el ámbito familiar. Este delito se caracteriza por:

  • Violencia física o psíquica habitual: se considera habitual cuando hay repetición y continuidad en los actos de violencia, lo que implica un patrón de comportamiento abusivo y no aislado.
  • Diversidad de víctimas: incluye a cualquier persona que forme parte del núcleo familiar del agresor, ya sean parientes directos, ascendientes, descendientes, o incluso aquellos bajo la custodia del agresor en instituciones.
  • Sanciones: las penas para los culpables de violencia doméstica pueden incluir prisión de seis meses a tres años, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas y, en algunos casos, la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad o tutela.

Ejemplos de violencia doméstica: un ejemplo podría ser un padre que ejerce violencia física y psicológica de manera repetida sobre sus hijos y su cónyuge. Otro caso podría ser el de una mujer que abusa física y emocionalmente de sus padres ancianos con quienes convive. En ambos casos, la ley busca proteger a las víctimas y sancionar a los agresores según la gravedad y habitualidad de los actos violentos.

Delitos que se engloban dentro de la violencia de doméstica

  • Delito de maltrato de obra y lesiones leves: agresiones físicas o psicológicas que no requieren tratamiento médico. Puede conllevar hasta 1 año de prisión y entre 5 y 10 años de alejamiento de la víctima.
  • Delitos de amenazas, injurias, coacciones o vejaciones leves: actos que incluyen amenazas, insultos, coacciones o vejaciones, generalmente sin penas de prisión pero con medidas de alejamiento. Si se llevan a cabo con armas, incluye la retirada del permiso de hasta 3 años.
  • Delitos de acoso: conductas que menoscaban el sentimiento de seguridad y libertad de la víctima, como vigilancia o persecución. Conllevan penas de prisión de hasta 2 años.
  • Delito de violencia habitual: violencia psíquica o física ejercida de manera habitual dentro del ámbito familiar. Penas de prisión de hasta 3 años.
  • Delitos de agresión y abuso sexual: la agresión sexual pude suponer una pena de hasta 15 años de prisión si se realiza prevaleciendo una relación de superioridad o parentesco. Por otro lado, el abuso sexual acarrea penas de hasta 10 años si hay acceso carnal.
  • Delito de ‘sexting’: difusión no consentida de imágenes o grabaciones sexuales de la víctima. Penas de prisión de hasta 1 año.

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¿Qué es la violencia de género?

La violencia de género se refiere específicamente a los actos de violencia que un hombre comete contra una mujer con la que mantiene o ha mantenido una relación íntima, basados en una situación de desigualdad y relaciones de poder. Es un tipo de violencia que está intrínsecamente ligada al género de la víctima.

La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece un marco legal que no solo define la violencia de género sino que también establece medidas específicas de protección para las mujeres víctimas. Este tipo de violencia incluye:

  • Violencia física y psicológica: desde golpes hasta manipulación emocional, a menudo acompañada de control y coacciones.
  • Violencia sexual: cualquier acto que comprometa la libertad sexual de la mujer a través de la coacción o la agresión.
  • Violencia económica: limitaciones impuestas por el agresor para controlar los recursos económicos de la mujer, reduciendo su capacidad para tomar decisiones financieras independientes.

Ejemplos de violencia de género: por ejemplo, se considera violencia de género un hombre que maltrata a su esposa, controlando sus movimientos, ingresos y relaciones sociales, además de infligirle daño físico y emocional. Otro ejemplo sería un exnovio que acosa y amenaza a su expareja femenina, intentando imponer un control post-relación a través de intimidación o violencia.

Delitos que se engloban dentro de la violencia de género

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género es el marco legislativo que protege a todas las mujeres maltratadas en España.

Esta ley se apoya en el Código Penal, que recoge los distintos delitos que pueden ser considerados como violencia de género. A continuación, se detallan estos delitos:

  • Delito de lesiones: lesiones leves que no exigen tratamiento médico o quirúrgico (6 a 12 meses de prisión) y lesiones graves que lo requieren (6 meses a 3 años de prisión, ampliable hasta 5 años con tipo agravado).
  • Delito de malos tratos: agresiones que causan un menoscabo psíquico en la víctima. Penas de 6 meses a 1 año de prisión, 31 a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad, y hasta 5 años de inhabilitación en el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda, acogimiento o curatela.
  • Delito de amenazas: acciones en las que el agresor evoca un mal futuro para provocar miedo e intranquilidad en la víctima. Ejemplo: «si te divorcias de mí, voy a matar a los niños».
  • Delito de coacciones: el agresor emplea la intimidación para que la víctima haga algo contra su voluntad. Es un delito contra la libertad de las personas y puede conllevar hasta 3 años de prisión.
  • Otros delitos graves: incluyen acciones contra la libertad e indemnidad sexual (como forzar a prostituirse) y obligar a abortar contra su voluntad, así como cualquier acto que resulte en la muerte de la mujer.

Diferencias clave entre violencia de género y violencia doméstica

Las diferencias clave entre violencia de género y violencia doméstica radican en el enfoque de género, la relación entre agresor y víctima, la motivación y el contexto de la violencia, y la protección legal específica disponible.

Mientras que la violencia de género se centra en la opresión y control de las mujeres por parte de los hombres, reflejando una dinámica de poder basada en roles de género tradicionales, la violencia doméstica abarca un espectro más amplio de relaciones y puede afectar a cualquier miembro del hogar.

Foco en la víctima

  • Violencia de género: esta forma de violencia está específicamente dirigida contra las mujeres y es ejercida por hombres. Refleja una dinámica de poder y control basada en roles de género tradicionales y en la desigualdad estructural entre hombres y mujeres. La violencia de género no solo se manifiesta físicamente, sino también a través de abuso psicológico, sexual, económico y social. El objetivo del agresor es mantener la dominación y el control sobre la mujer.
  • Violencia doméstica: a diferencia de la violencia de género, la violencia doméstica puede afectar a cualquier miembro del hogar, independientemente de su sexo. Este tipo de violencia incluye abusos físicos, emocionales, sexuales y económicos entre personas que conviven en el mismo entorno doméstico. Puede ser perpetrada por hombres o mujeres y puede dirigirse hacia cónyuges, hijos, padres, abuelos, u otros familiares.

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Relación entre agresor y víctima

  • Violencia de género: esta violencia se da predominantemente en el contexto de una relación íntima o matrimonial. Los agresores son generalmente parejas o exparejas de las víctimas. La relación de poder y control se ejerce en el ámbito privado, pero sus repercusiones pueden ser profundas y extendidas, afectando la salud física y mental de la mujer, su bienestar económico, y su participación social.
  • Violencia doméstica: en este caso, la violencia puede involucrar a cualquier miembro del núcleo familiar o del hogar, y no está limitada a relaciones de pareja. Los actos de violencia pueden ser entre padres e hijos, hermanos, abuelos y nietos, o cualquier combinación de miembros familiares. La violencia doméstica abarca una gama más amplia de relaciones y contextos, y puede incluir violencia entre parejas del mismo sexo, así como violencia ejercida por mujeres hacia hombres.

Motivación y contexto

  • Violencia de género: la motivación detrás de la violencia de género está profundamente enraizada en la desigualdad de género y en la creencia de que los hombres tienen derecho a controlar y dominar a las mujeres. Esta violencia se perpetúa por estereotipos de género y normas sociales que desvalorizan a las mujeres y les asignan roles subordinados.
  • Violencia doméstica: la violencia doméstica puede ser motivada por una variedad de factores, incluyendo problemas psicológicos, conflictos interpersonales, abuso de sustancias, y patrones de comportamiento aprendidos. Aunque también puede involucrar dinámicas de poder, no está necesariamente basada en la desigualdad de género. La violencia doméstica abarca una amplia gama de contextos y no se limita a la opresión de un género sobre otro.

Protección legal específica

  • Violencia de género: existe un marco legal específico para la protección contra la violencia de género, como la Ley Orgánica 1/2004, que proporciona medidas integrales para prevenir, sancionar y erradicar esta forma de violencia. Esta ley incluye medidas de protección y apoyo específicas para las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Violencia doméstica: aunque también está penada por la ley, la violencia doméstica no cuenta con una ley orgánica específica como la violencia de género. Los delitos relacionados con la violencia doméstica se regulan principalmente a través del Código Penal español, y las medidas de protección y apoyo se aplican a cualquier miembro del hogar afectado por esta violencia.